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Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado                    registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación                INFORME FINAL DE AUDITORÍA
            de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.                                                                           justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente, conforme la normatividad
                                                                                                                               aplicable, en donde garanticen al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio,
            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente              calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, así como, la evidencia de
            acción:                                                                                                            los trabajos realizados por el servicio contratado; asimismo, la Entidad Fiscalizable no presentó
                                                                                                                               Comprobantes Fiscales Digitales por Internet en cantidad de $56,350.00 (Cincuenta y seis mil
            Pliego de observaciones:                                                                                           trescientos cincuenta pesos 00/100 M.N.), lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-11.

            2023-OA/CPM/130/2024-PO-19.                                                                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
                                                                                                                               Contabilidad Gubernamental; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 120 de la Ley Orgánica
            Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la                 Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
            documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $124,800.00 (Ciento                     Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186
            veinticuatro mil ochocientos pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este                       párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y
            resultado.”                                                                                                        88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.

         (…)                                                                                                                   Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                                                                                                               acción:
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                           Pliego de observaciones:

Respecto a la documentación justificativa, relativa a la solicitud, autorización, tres                                         2023-OA/CPM/130/2024-PO-20.
cotizaciones, cuadro comparativo y contrato de arrendamiento, así como, la evidencia de
los eventos realizados por el servicio contratado, presentó pólizas de diario; CLC; pólizas de                                 Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
egresos; SPEI; solicitud; cotizaciones; cuadro comparativo; oficio de suficiencia                                              documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $2,153,059.50 (Dos
presupuestaria; autorización; contratos; copia de la identificación oficial del representante                                  millones ciento cincuenta y tres mil cincuenta y nueve pesos 50/100 M.N.), conforme a la
legal de la empresa; CFDI; y reporte fotográfico; lo cual resulta suficiente para solventar las                                observación detallada en este resultado.”
observaciones emitidas.
                                                                                                                            (…)
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                        La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
como solventado el Resultado: AF-28.                                                                               antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

El siguiente Resultado: AF-29 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que                         Respecto a la documentación justificativa, relativa al proceso de contratación
se transcribe a continuación:                                                                                      correspondiente, la evidencia de los trabajos realizados por el servicio contratado y los
                                                                                                                   Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, presentó información y documentación, como
         (…)                                                                                                       se detalla en el ANEXO DAM-FC-11-SOL; misma que presenta inconsistencias, así mismo, no
                                                                                                                   presentó la demás documentación del proceso de contratación correspondiente, por lo
            “RESULTADO: AF-29 CON OBSERVACIÓN                                                                      cual, la documentación presentada resulta insuficiente para solventar las observaciones
                                                                                                                   emitidas en cantidad de $1,855,336.17 (Un millón ochocientos cincuenta y cinco mil
            De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3261 ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA              trescientos treinta y seis pesos 17/100 M.N.).
            CONSTRUCCIÓN, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Pinotepa Nacional,
            Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $2,153,059.50 (Dos     Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43 y 70 fracción I de la Ley General de
            millones ciento cincuenta y tres mil cincuenta y nueve pesos 50/100 M.N.); observando que los          Contabilidad Gubernamental; 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
                                                                                                                   Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles

                                                                                                                   23
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