Page 27 - Santiago Pinotepa Nacional
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Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley (…) INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado
de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023. “RESULTADO: AF-32 CON OBSERVACIÓN
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3334 SERVICIOS DE ASESORÍA CIENTÍFICA Y TÉCNICA, se
acción: constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Pinotepa Nacional, Distrito de
Jamiltepec, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $2,649,858.24 (Dos millones
Pliego de observaciones: seiscientos cuarenta y nueve mil ochocientos cincuenta y ocho pesos 24/100 M.N.); observando que
los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación
2023-OA/CPM/130/2024-PO-22. justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente, conforme la normatividad
aplicable, en donde garanticen al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio,
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, así como, la evidencia de
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $4,179,478.06 (Cuatro las actividades y trabajos realizados por los servicios contratados, lo anterior como se detalla en el
millones ciento setenta y nueve mil cuatrocientos setenta y ocho pesos 06/100 M.N.), conforme a la ANEXO DAM-FC-14.
observación detallada en este resultado.”
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
(…) Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley
de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado
de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
Respecto a la documentación justificativa relativa proceso de contratación correspondiente
y la evidencia de las actividades y trabajos realizados por los servicios contratados presentó Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
información y documentación, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-13-SOL; sin embargo, acción:
no presentó la demás documentación del proceso de contratación correspondiente, por lo
cual, la documentación presentada resulta insuficiente para solventar las observaciones Pliego de observaciones:
emitidas en cantidad de $4,179,478.06 (Cuatro millones ciento setenta y nueve mil
cuatrocientos setenta y ocho pesos 06/100 M.N.). 2023-OA/CPM/130/2024-PO-23.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43 y 70 fracción I de la Ley General de Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
Contabilidad Gubernamental; 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $2,649,858.24 (Dos
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles millones seiscientos cuarenta y nueve mil ochocientos cincuenta y ocho pesos 24/100 M.N.),
del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto conforme a la observación detallada en este resultado.”
y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
para el Ejercicio Fiscal 2023. (…)
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-31.
Respecto a la documentación justificativa, relativa al proceso de contratación
El siguiente Resultado: AF-32 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que correspondiente y la evidencia de las actividades y trabajos realizados por los servicios
se transcribe a continuación: contratados, presentó información y documentación como se detalla en el ANEXO DAM-FC-
14-SOL; sin embargo, no presentó la demás documentación relativa al proceso de
contratación correspondiente, por lo cual, la documentación presentada resulta insuficiente
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