Page 14 - Santo Domingo Tehuantepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA      Pliego de Observaciones.                                                                                Pliego de Observaciones.

                                2023-OA/CPM/135/2024-PO-13                                                                              2023-OA/CPM/135/2024-PO-14

                                Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la       Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la
                                documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $65,920.00 (Sesenta y        documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $78,507.00 (Setenta y
                                cinco mil novecientos veinte pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este            ocho mil quinientos siete pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”
                                resultado.”
                                                                                                                                        (…)
                                (…)

                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                       La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                        antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                            Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las                       Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
                            observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-14-SOL-14.                      observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-15-SOL-15.

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                   Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                 suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                            como solventado el resultado AF-15.                                                                         como solventado el resultado AF-16.

                            El siguiente resultado AF-16 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                El siguiente resultado AF-17 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            transcribe a continuación:                                                                                  transcribe a continuación:

                                (…)                                                                                                     (…)                CON OBSERVACIÓN

                                “RESULTADO: AF-16                                                                                       “RESULTADO: AF-17

                                                   CON OBSERVACIÓN

                                De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2492 OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y             De la revisión a la sub-subcuenta 51251-2531 MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE
                                REPARACIÓN; se constató que la entidad fiscalizable, afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad       APLICACIÓN HUMANA; se constató que la entidad fiscalizable, afectó al Presupuesto de Egresos en
                                de $821,869.53 (Ochocientos veintiún mil ochocientos sesenta y nueve pesos 53/100 M.N.), observando     cantidad de $1,129,118.76 (Un millón ciento veintinueve mil ciento dieciocho pesos 76/100 M.N.),
                                que el registro contable y presupuestario en cantidad de $78,507.00 (Setenta y ocho mil quinientos      observando que los registros contables y presupuestarios en cantidad de $131,733.14 (Ciento treinta
                                siete pesos 00/100 M.N.) no se encuentra soportado con la documentación justificativa del gasto         y un mil setecientos treinta y tres pesos 14/100 M.N.) no se encuentran soportados con la
                                relativa al requerimiento que especifique la necesidad para la adquisición de los materiales; la        documentación justificativa del gasto relativa al requerimiento de los productos que especifique la
                                autorización correspondiente para su adquisición; la constancia de recepción de los materiales; y la    necesidad para su adquisición; la autorización correspondiente para su adquisición; la constancia de
                                evidencia del uso y destino final de los mismos, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-15.                 recepción de los productos; y la evidencia del uso o destino de los mismos; como se detalla en el
                                                                                                                                        ANEXO DAM-FC-16.

                                Incumpliendo con lo establecido en los 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley General de  Incumpliendo con lo establecido en los 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley General de
                                Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto       Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto
                                y Responsabilidad Hacendaria.                                                                           y Responsabilidad Hacendaria.

                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente   Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                acción:                                                                                                 acción:

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