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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Por lo anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Francisco Telixtlahuaca, Distrito de Etla, Oaxaca, realizara
las acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI), con
la finalidad que proporcionara un grado de seguridad razonable en cuanto a la consecución de
los objetivos relacionados con las operaciones, la información y el cumplimiento de los objetivos
institucionales; en particular el componente de ambiente de control, que tiene por objeto
identificar si se establecieron normas, procesos y estructuras que proporcionan una base para
llevar a cabo el control interno en el Municipio, así como la normativa que proporciona disciplina y
estructura para apoyar al personal en la consecución de los objetivos institucionales; tales como la
implementación de un Órgano de Control Interno, que promoviera, vigilara y mejorara el desempeño
en las funciones administrativas del municipio, y coadyuvara a alcanzar los objetivos institucionales INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
de manera permanente en sus operaciones, con la elaboración y aprobación de un código de
ética, código de conducta que sean hechos del conocimiento del personal y socializados para su
conocimiento y aplicación, la aprobación de reglamentos, circulares y disposiciones administrativas
de observancia general que organicen la administración pública municipal estableciendo reglas en
materia de recursos humanos, materiales, financieros, patrimoniales y de obra pública; así mismo,
implementara un comité de adquisiciones y contratación de servicios; realizara las acciones
necesarias a través de la asignación de un área responsable que tenga a su cargo los procesos de
administración de riesgos, que permitiera identificar, analizar y evaluar los riesgos que pudieran
impedir el cumplimiento de los objetivos del Municipio, así como proveerá las bases para desarrollar
respuestas apropiadas al riesgo, que mitigara el impacto en caso de materialización, a través de la
elaboración de guías o manuales de riesgos en el Municipio, prevenir acciones y riesgos asociados
a su administración incluyendo los de corrupción; en atención a las recomendaciones, políticas
públicas, lineamientos y cualquier normatividad que emitieran las instancias del Sistema Nacional
Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; realizara las acciones necesarias
a través de la implementación de actividades de control mediante políticas y procedimientos,
que respondiera a los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento y logro de los objetivos, como
son revisiones periódicas de las políticas y procedimientos implementados en todos los niveles del
municipio, en las distintas etapas de los procesos de las actividades sustantivas (administración
del ayuntamiento, planeación, ejercicio de los recursos federales, ejecución de obra pública), y
adjetivas (Finanzas, tesorería), emisión de estados financieros, pago de nóminas, recursos humanos,
adquisiciones, inventario de bienes muebles e inmuebles), capacitación y evaluación del personal
respecto a las responsabilidades asignadas a fin de lograr los objetivos institucionales; realizara
las acciones pertinentes a través de un sistema de información y comunicación adecuado,
que permitiera cumplir con la responsabilidad del control interno para el logro de sus objetivos, a
través de la designación de personal a cargo de un sistema de comunicación relevante y confiable,
servidor público que tendrá a cargo la obtención de información pertinente y de calidad para la
consecución de los objetivos institucionales, en relación con los eventos al interior, como son contar
con el Programa anual de la Administración Pública Municipal, indicadores que permitieran medir
el cumplimiento de objetivos y metas, un sistema interno que informe periódicamente al Presidente
Municipal y al Ayuntamiento, sobre cualquier riesgo detectado. Al exterior del municipio, contara
con evidencia que acreditara que el Ayuntamiento rinde a la ciudadanía, a través del Presidente
Municipal, un informe detallado sobre los recursos recibidos, información financiera, avance de los
programas, las obras en proceso y concluidas y los resultados alcanzados al término del ejercicio;
realizara las acciones necesarias a través de la implementación de un área con responsables
a cargo de supervisar el control interno, que estableciera los procedimientos a seguir en caso
de detectar deficiencias en el control interno, comunicarlas y corregirlas, asegurara que se lleven
a cabo de manera oportuna, a fin de contribuir y asegurar que los programas del Ayuntamiento
se mantuvieran alineados con los objetivos institucionales, el entorno operativo y libre de riesgos
asociados. Asimismo, cumpliera en todos los aspectos, con las obligaciones, recomendaciones,
políticas públicas, lineamientos y cualquier normatividad que emitan las instancias del Sistema
Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción y conforme a las
observaciones detalladas en cada uno de los aspectos de riesgo detectados, presentara dentro
del plazo que establece el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y
Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, la información y documentación que demostrara
las acciones realizadas tendientes a solventar las recomendaciones determinadas.
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