Page 14 - San Francisco Telixtlahuaca
P. 14
AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0240/2023, notificado el día 30 de agosto de
2023, se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de San Francisco Telixtlahuaca,
Distrito de Etla, Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en
un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Ayuntamiento del Municipio de San Francisco Telixtlahuaca, Distrito de Etla, Oaxaca, en el
proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número MSFT/PSM/296/2023 de
fecha 02 de octubre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de
fecha 02 de octubre de 2023; de este resultado en particular, presentó documentación en copias
certificadas, como se detalla a continuación:
1. Respecto al componente Ambiente de control:
Relativo a los reglamentos, circulares documentos normativos que organicen la
administración pública municipal en materia de recursos humanos, materiales, financieros,
patrimonial y de obra pública presentó:
Acta de sesión extraordinaria de cabildo de fecha 31 de mayo de 2022 en la que se analiza,
discute y aprueba el reglamento interno. Así como análisis, discusión y en su caso aprobación del
reglamento de la gaceta; Reglamento interno y Reglamento de la gaceta del Ayuntamiento del
Municipio de San Francisco Telixtlahuaca, Distrito de Etla, Oaxaca; por lo que, atendió este
punto
Relativo a la evidencia de que cuenta con un código de ética y de conducta, normativa
interna que delimita la actuación ética que deben de observar los servidores públicos y que
garantizan el cumplimiento a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y
eficiencia que rigen el servicio público, que definen las atribuciones, facultades y establecen
responsabilidades para los servidores públicos integrantes de las distintas áreas de la
estructura municipal; no presentó documentación, por lo que, no atendió este punto.
Relativo a que no precisó la normativa que tiene establecida, así como los mecanismos
implementados para evitar que se realicen transferencias de recursos entre los diferentes
fondos y programas ejecutados por el ente público municipal; no presentó documentación, por
lo que, no atendió este punto.
Relativo a que no precisó los mecanismos de control establecidos para asegurarse de que
los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISM-DF) y el Fondo de Aportaciones para
el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
(FORTAMUN-DF), convenios y demás recursos federales recibidos cumplieron su destino,
elementos que coadyuvan a mitigar los riesgos en la disposición y adecuada aplicación de los
recursos públicos; no presentó documentación, por lo que, no atendió este punto.
Relativo a que no indicó la normatividad aplicada para asegurar al municipio las mejores
condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
circunstancias pertinentes, en las adquisiciones de bienes, prestación de servicios y
arrendamientos de bienes, ni que cuenta con un comité de adquisiciones y contratación
de servicios, no obstante que presenta actas de cabildo a través de las cuales el Cabildo
Municipal autoriza las adquisiciones y contratación de bienes y servicios, no se identificó
evidencia del procedimiento aplicado para sustentar dichas autorizaciones para garantizar
la eficiencia y economía en el ejercicio de los recursos, así como tampoco se identifica su
participación en los procesos de adquisición y contratación, presentó:
Acta de sesión extraordinaria de cabildo de fecha 22 de enero de 2022 en la que se discute y
aprueba la creación del comité de adquisiciones, enajenaciones, arrendamientos, prestación de
servicios y administración de bienes muebles e inmuebles, Acta levantada de fecha 06 de febrero
de 2022 en la que se declara la instalación legal del comité de adquisiciones, enajenaciones,
12